
El sistema fiscal español ha sufrido variaciones de forma constante desde su entrada en la Unión Europea. Para explicar todos estos cambios, las autoridades suelen basarse en la necesidad de modernizarse y de ser competitivo.
Pero, además, hay que tener en cuenta un aspecto fundamental: el equilibrio presupuestario; se pretende de una vez por todas eliminar el déficit y conseguir el tan codiciado superávit (aunque luego no se sepa o no se “quiera saber” utilizar).
A la hora de tratar de justificar el sistema impositivo en el ordenamiento económico, y sus efectos sobre el mismo, se suelen tener en cuenta los principios de equidad y eficiencia. Su combinación óptima sería la situación más deseable. Pero, normalmente, lo que ganamos de un lado lo perdemos de otro (al menos a corto plazo).
Sin embargo, en la era de la globalización, y siguiendo la senda neoliberal que se impuso en su momento en los EEUU y Gran Bretaña con Reagan y Thatcher, nos acercamos a la pérdida total de contenido en el principio de equidad, para justificar toda medida de modificación de los impuestos (a la baja, eso sí, de los impuestos directos, que son los progresivos), en base a la eficiencia.
Aproximándonos al sistema fiscal español, hay que tener en cuenta una especie de paradoja:
- los tipos de gravamen son relativamente elevados en comparación con la media de los países de nuestro entorno,
- pero en cambio la presión fiscal efectiva es una de las más bajas de Europa.
De acuerdo con los datos de Eurostat, los ingresos de las administraciones públicas españolas por impuestos y cotizaciones sociales representaron en 2004 el 35,4% del PIB, situándose claramente por debajo de la media de la Unión Europea de los veinticinco (40,7%). De hecho, la presión fiscal española es muy similar a la media de los nuevos socios de la Unión del Este de Europa, pero ocupa el penúltimo lugar en el ranking de países de la zona del euro, por delante únicamente de Irlanda.
En España, a mediados de la década de los noventa, el peso de los principales impuestos directos como la renta de las personas físicas (IRPF), impuesto de sociedades e impuesto de sucesiones, era ligeramente superior al correspondiente a los impuestos indirectos como el impuesto sobre el valor añadido (IVA), entre otros, y los propios de las haciendas locales.
Pero tras las reformas alumbradas en 1998 y 2002, la situación se invirtió y los impuestos indirectos están ganando terreno, particularmente en los últimos tres años. [Esta evolución se enmarca de lleno en las tendencias de la fiscalidad internacional, que sufrieron un vuelco espectacular tras las reformas aplicadas en Estados Unidos y Gran Bretaña en el bienio 1984-1986].
En 2004, la participación de los impuestos directos sobre la recaudación impositiva total (excluyendo las cotizaciones sociales) había caído al 46%, unos cuatro puntos porcentuales menos que en 1995. El IRPF y el IVA son los principales pilares del sistema impositivo español (entre ambos aportan cerca del 55% del total recaudado por las administraciones públicas), aunque cabe destacar también la tendencia claramente ascendente del impuesto de sociedades en los últimos 10 años.
El IRPF es el impuesto más controvertido. Los dos grandes partidos a nivel nacional anuncian rebajas en el impuesto sobre la renta, que es lo que parece que vende, y de donde arañan votos.
La rebaja de las cargas fiscales sobre la renta se justifica con el ya mencionado principio de eficiencia. Reduciendo el impuesto sobre la renta, se reduce el fraude; reduciendo el impuesto sobre la renta, las personas tienen más poder adquisitivo, y pueden consumir más; reduciendo el impuesto sobre la renta, etc, etc, etc.
Pero, no se explica que el impuesto sobre la renta lo soportan principalmente las rentas medias. Las rentas más bajas están exentas. Las rentas más altas apenas sufren un recorte de su poder adquisitivo con este impuesto. Y además, son las que pueden evadirse con múltiples mecanismos…
Pero las rentas medias están “atrapadas”. No se tiene en cuenta que, a través de este impuesto, progresivo, el más progresivo de los que tenemos, se redistribuye el gasto. Si rebajamos el impuesto sobre la renta, hay que recaudar de otras maneras, y esto se hará vía impuestos indirectos, menos visibles, pero más costosos para las clases menos pudientes. En definitiva, los más ricos se ven beneficiados de cualquiera de las maneras.
Y esto porque se está diluyendo el principio de progresividad del sistema fiscal español a favor de impuestos que no miden la capacidad económica del contribuyente, como establece la Constitución, sino su capacidad de consumo.
Mientras que los impuestos directos se pagan de acuerdo a los rendimientos en función de una escala de gravamen (en el caso del IRPF) o de la aplicación de un tipo único (caso del Impuesto de Sociedades) los impuestos indirectos no discriminan la capacidad económica del contribuyente. La fiscalidad de un mismo bien de consumo es igual para un ‘pobre’ que para un ‘rico’.
Según el propio Solbes, "El impuesto actual discrimina a las rentas del trabajo respecto a las rentas del capital y de las actividades económicas."
Pero, además, hay que tener en cuenta un aspecto fundamental: el equilibrio presupuestario; se pretende de una vez por todas eliminar el déficit y conseguir el tan codiciado superávit (aunque luego no se sepa o no se “quiera saber” utilizar).
A la hora de tratar de justificar el sistema impositivo en el ordenamiento económico, y sus efectos sobre el mismo, se suelen tener en cuenta los principios de equidad y eficiencia. Su combinación óptima sería la situación más deseable. Pero, normalmente, lo que ganamos de un lado lo perdemos de otro (al menos a corto plazo).
Sin embargo, en la era de la globalización, y siguiendo la senda neoliberal que se impuso en su momento en los EEUU y Gran Bretaña con Reagan y Thatcher, nos acercamos a la pérdida total de contenido en el principio de equidad, para justificar toda medida de modificación de los impuestos (a la baja, eso sí, de los impuestos directos, que son los progresivos), en base a la eficiencia.
Aproximándonos al sistema fiscal español, hay que tener en cuenta una especie de paradoja:
- los tipos de gravamen son relativamente elevados en comparación con la media de los países de nuestro entorno,
- pero en cambio la presión fiscal efectiva es una de las más bajas de Europa.
De acuerdo con los datos de Eurostat, los ingresos de las administraciones públicas españolas por impuestos y cotizaciones sociales representaron en 2004 el 35,4% del PIB, situándose claramente por debajo de la media de la Unión Europea de los veinticinco (40,7%). De hecho, la presión fiscal española es muy similar a la media de los nuevos socios de la Unión del Este de Europa, pero ocupa el penúltimo lugar en el ranking de países de la zona del euro, por delante únicamente de Irlanda.
En España, a mediados de la década de los noventa, el peso de los principales impuestos directos como la renta de las personas físicas (IRPF), impuesto de sociedades e impuesto de sucesiones, era ligeramente superior al correspondiente a los impuestos indirectos como el impuesto sobre el valor añadido (IVA), entre otros, y los propios de las haciendas locales.
Pero tras las reformas alumbradas en 1998 y 2002, la situación se invirtió y los impuestos indirectos están ganando terreno, particularmente en los últimos tres años. [Esta evolución se enmarca de lleno en las tendencias de la fiscalidad internacional, que sufrieron un vuelco espectacular tras las reformas aplicadas en Estados Unidos y Gran Bretaña en el bienio 1984-1986].
En 2004, la participación de los impuestos directos sobre la recaudación impositiva total (excluyendo las cotizaciones sociales) había caído al 46%, unos cuatro puntos porcentuales menos que en 1995. El IRPF y el IVA son los principales pilares del sistema impositivo español (entre ambos aportan cerca del 55% del total recaudado por las administraciones públicas), aunque cabe destacar también la tendencia claramente ascendente del impuesto de sociedades en los últimos 10 años.
El IRPF es el impuesto más controvertido. Los dos grandes partidos a nivel nacional anuncian rebajas en el impuesto sobre la renta, que es lo que parece que vende, y de donde arañan votos.
La rebaja de las cargas fiscales sobre la renta se justifica con el ya mencionado principio de eficiencia. Reduciendo el impuesto sobre la renta, se reduce el fraude; reduciendo el impuesto sobre la renta, las personas tienen más poder adquisitivo, y pueden consumir más; reduciendo el impuesto sobre la renta, etc, etc, etc.
Pero, no se explica que el impuesto sobre la renta lo soportan principalmente las rentas medias. Las rentas más bajas están exentas. Las rentas más altas apenas sufren un recorte de su poder adquisitivo con este impuesto. Y además, son las que pueden evadirse con múltiples mecanismos…
Pero las rentas medias están “atrapadas”. No se tiene en cuenta que, a través de este impuesto, progresivo, el más progresivo de los que tenemos, se redistribuye el gasto. Si rebajamos el impuesto sobre la renta, hay que recaudar de otras maneras, y esto se hará vía impuestos indirectos, menos visibles, pero más costosos para las clases menos pudientes. En definitiva, los más ricos se ven beneficiados de cualquiera de las maneras.
Y esto porque se está diluyendo el principio de progresividad del sistema fiscal español a favor de impuestos que no miden la capacidad económica del contribuyente, como establece la Constitución, sino su capacidad de consumo.
Mientras que los impuestos directos se pagan de acuerdo a los rendimientos en función de una escala de gravamen (en el caso del IRPF) o de la aplicación de un tipo único (caso del Impuesto de Sociedades) los impuestos indirectos no discriminan la capacidad económica del contribuyente. La fiscalidad de un mismo bien de consumo es igual para un ‘pobre’ que para un ‘rico’.
Según el propio Solbes, "El impuesto actual discrimina a las rentas del trabajo respecto a las rentas del capital y de las actividades económicas."
No hay comentarios:
Publicar un comentario